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24/11/2021

El Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

 

 

            Si obtienes rentas de cualquier naturaleza en el territorio español y no resides en él, debes conocer el Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

 

            El Impuesto sobre la Renta de No Residentes es un tributo establecido en España, de carácter directo, que grava la renta obtenida en territorio español por las personas físicas y entidades no residentes en dicho territorio.

 

            Los contribuyentes por este impuesto son los siguientes:

  • Personas físicas y entidades no residentes en España, que obtengan rentas en este país, salvo que sean contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Personas físicas que residan en España, siendo miembros de una misión diplomática.
  • Entidades en régimen de atribución de rentas, que se encuentren en España pero que han sido constituidas en el extranjero.

 

            El concepto de la palabra “Renta” es muy amplio.

 

            Algunos ejemplos de rentas obtenidas en territorio español son los siguientes:

 

  • Rentas de actividades o explotaciones económicas realizadas en territorio español.
  • Rendimientos del trabajo cuando deriven de un trabajo realizado en España.
  • Pensiones derivadas de un empleo prestado en territorio español.
  • Retribuciones de administradores, miembros del consejo de administración y juntas de una entidad residente en España.
  • Rendimientos del capital mobiliario, derivados de entidades residentes en España.
  • Rendimientos derivados de bienes inmuebles situados en territorio español.
  • Ganancias patrimoniales con origen español.

 

            El hecho de que el contribuyente por este impuesto sea un sujeto no residente dificulta las posibilidades de control de la Administración tributaria española sobre el mismo. Con el fin de garantizar el cobro del tributo, en algunos supuestos los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes están obligados a designar a una persona física o jurídica, con residencia en territorio español, y antes del fin del plazo de declaración de la renta obtenida en España, para que les represente ante la Administración tributaria.

            El sujeto pasivo o el propio representante estarán obligados a poner en conocimiento de la Administración tributaria el nombramiento debidamente acreditado en el plazo de dos meses desde el mismo.

 

            Por lo tanto, si está obligado a presentar la declaración de la Renta de No Residentes, consulta con los expertos fiscalistas de la Gestoría Pedro Fullana para que te asesoren sobre la tributación aplicable en tus circunstancias.