Joana Seguí
Noticias del sector
Consecuencias de la renuncia a una herencia
Joana Seguí
Departamento de tramitación de escrituras
09/04/2019
CONSECUENCIAS DE LA RENUNCIA A UNA HERENCIA
En los últimos años el número de renuncias a las herencias han aumentado notablemente, debido fundamentalmente a que los contribuyentes no pueden asumir los gastos que supone la aceptación, o no pueden hacer frente a las deudas del causante. Sin embargo, el pagar o no pagar impuestos dependerá de cómo y cuándo se renuncie.
Mientras que la aceptación de los bienes puede realizarse de forma tácita o expresa, la renuncia ha de realizarse de manera expresa en documento público.
En las renuncias se pueden dar los siguientes supuestos:
De esta manera, se entiende que el renunciante nunca ha adquirido los bienes de la herencia, por lo que no podrá considerársele sucesor ni liquidar el Impuesto de Sucesiones.
En este caso, se considera que, para que el heredero pueda ceder sus derechos a otra persona, antes debe haber heredado, por lo que el renunciante tendrá que tributar como si hubiera adquirido la herencia (Impuesto de Sucesiones) y el beneficiario de la renuncia, tributará como si hubiera recibido una donación, debiendo liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, por el concepto de Donación.
En este caso se daría una doble tributación, primero Impuesto de Sucesiones y segundo Impuesto de Donaciones.
Por este motivo si usted, se está planteando renunciar a una herencia o simplemente no aceptarla, tenga cuidado, porque la aceptación de la herencia puede ser tácita o expresa y hay muchos indicios que indican que usted ha aceptado una herencia de forma tácita, lo cual le obligaría a tener que liquidar los impuestos pertinentes.
En nuestra gestoría podemos ayudarle y asesorarle sobre esta materia.
Palma, a nueve de abril de 2.019.